La Ley N° 4.798/2.012 en su artículo N °85 dispone las tasas de patentes de invenciones y modelos de utilidad, por los siguientes conceptos y montos, basadas en el jornal diario mínimo para trabajadores del comercio:
TASAS DE PREVIO PAGO OBLIGATORIO |
Monto en Jornales |
Solicitud de patente de invención y cada solicitud separada en caso de división: |
7 (siete) |
Solicitud de patente de modelo de utilidad: |
5 (cinco) |
Modificación de la solicitud de patente: Sin examen de fondo complementario: |
5 (cinco) |
Modificación de la solicitud de patente: Con examen de fondo complementario: |
7 (siete) |
Conversión de solicitud de patente: |
6 (seis) |
Modificación de reivindicaciones de la patente: |
7 (siete) |
Cambios de nombre y otros datos registrales de la patente: |
6 (seis) |
Inscripción de transferencias, licencias y renuncias, por cada patente afectada: |
10 (diez) |
División de una patente, por cada patente separada: |
10 (diez) |
Tasa por copia de documentos del registro o de expedientes de solicitudes publicadas: |
4 (cuatro) |
Tasa de informe oficial sobre una patente: |
1 (un) |
Tasa por búsqueda de antecedentes oficial: |
7 (siete) |
Código de Ref. para Caja |
TASAS CUYOS PAGOS REQUIEREN AUTORIZACIÓN DE LA DINAPI |
TASAS ANUALES |
Monto en Jornales |
Tasa anual correspondiente al 3° Año: |
10 (diez) |
Tasa anual correspondiente 4° Año: |
10 (diez) |
Tasa anual correspondiente 5° Año: |
10 (diez) |
Tasa anual correspondiente 6° Año: |
11 (once) |
Tasa anual correspondiente 7° Año: |
12 (doce) |
Tasa anual correspondiente 8° Año: |
12 (doce) |
Tasa anual correspondiente 9° Año: |
13 (trece) |
Tasa anual correspondiente 10° Año: |
14 (catorce) |
Tasa anual correspondiente 11° Año: |
15 (quince) |
Tasa anual correspondiente 12° Año: |
16 (dieciséis) |
Tasa anual correspondiente 13° Año: |
16 (dieciséis) |
Tasa anual correspondiente 14° Año: |
17 (diecisiete) |
Tasa anual correspondiente 15° Año: |
18 (dieciocho) |
Tasa anual correspondiente 16° Año: |
19 (diecinueve) |
Tasa anual correspondiente 17° Año: |
19 (diecinueve) |
Tasa anual correspondiente 18° Año: |
20 (veinte) |
Tasa anual correspondiente 19° Año: |
20 (veinte). |
Tasa anual correspondiente 20° Año: |
21 (veintiún) |
Recargo 50% (cincuenta por ciento) de la tasa aplicable. Hasta tres meses de atraso. |
|
Recargo 100% (cien por ciento) de la tasa aplicable. Hasta seis meses de atraso. |
|
Tasa por solicitar realización de examen de fondo: |
De conformidad con la Resolución DINAPI N° 262/2020, se requiere la utilización del “Formulario de Pagos en Caja - Modalidad Presencial”, para la tramitación de la autorización del pago en caja de los conceptos de tasas anuales y tasa para la realización de examen de fondo.
• Tasa por solicitar realización de examen de fondo.
• Tasa anual correspondiente al 3° Año.
• Tasa anual correspondiente 4° Año.
• Tasa anual correspondiente 5° Año.
• Tasa anual correspondiente 6° Año.
• Tasa anual correspondiente 7° Año.
• Tasa anual correspondiente 8° Año.
• Tasa anual correspondiente 9° Año.
• Tasa anual correspondiente 10° Año.
• Tasa anual correspondiente 11° Año.
• Tasa anual correspondiente 12° Año.
• Tasa anual correspondiente 13° Año.
• Tasa anual correspondiente 14° Año.
• Tasa anual correspondiente 15° Año.
• Tasa anual correspondiente 16° Año.
• Tasa anual correspondiente 17° Año.
• Tasa anual correspondiente 18° Año.
• Tasa anual correspondiente 19° Año.
• Tasa anual correspondiente 20° Año.
De conformidad con la Resolución DINAPI N° 262/2020, se requiere la utilización del “Formulario de Pagos en Caja - Modalidad Presencial”, para la tramitación de la autorización del pago en caja de los conceptos de tasas anuales y tasa para la realización de examen de fondo.
El solicitante deberá completar el “Formulario de Pagos en Caja - Modalidad Presencial”, siguiendo las orientaciones para su uso.
https://www.dinapi.gov.py/portal/v3/assets/Formularios-Patentes/Formulario-de-Pagos-en-Caja-Modalidad-Presencial-Final-1.1-v2.xlsxLa fecha de vencimiento para el pago de cada tasa anual será el aniversario de la fecha de presentación de la solicitud de patente. La primera tasa anual se pagará antes de comenzar el tercer año, contado desde la fecha de presentación de la solicitud de patente. Podrán pagarse varias tasas anuales por anticipado. La tasa anual podrá pagarse dentro de un plazo de gracia de seis meses, contados desde el comienzo del período anual correspondiente, abonando también conjuntamente el recargo establecido. Durante el plazo de gracia la patente o la solicitud de patente mantendrá su plena vigencia.
La falta de pago de alguna de las tasas anuales conforme al presente Artículo producirá la caducidad de la patente o de la solicitud de patente. Ley 1630/00, Art. 30.
El examen de fondo se hará previo pago de la tasa establecida y si, transcurridos tres años de la solicitud de patente, el peticionante no la abonase, la solicitud se considerará desistida. Ley 1630/00, Art. 25
OBSERVACIÓN: La tasa por solicitar la realización de examen de fondo no cuenta con plazo de gracia.
Solicitud de Patente de Invención N° 1234567 de Fecha de Solicitud 01/02/2020.
TASA |
FECHA DE PAGO SIN RECARGO |
VENCIMIENTO DEL PLAZO DE GRACIA 3 MESES |
VENCIMIENTO DEL PLAZO DE GRACIA 6 MESES |
Tasa solicitando realización de examen de fondo: |
01/02/2023 |
NO APLICA |
NO APLICA |
Tasa anual correspondiente al 3° Año: |
01/02/2022 |
01/05/2022 |
01/08/2022 |
Tasa anual correspondiente 4° Año: |
01/02/2023 |
01/05/2023 |
01/08/2023 |
Tasa anual correspondiente 5° Año: |
01/02/2024 |
01/05/2024 |
01/08/2024 |
Tasa anual correspondiente 6° Año: |
01/02/2025 |
01/05/2025 |
01/08/2025 |
Tasa anual correspondiente 7° Año: |
01/02/2026 |
01/05/2026 |
01/08/2026 |
Tasa anual correspondiente 8° Año: |
01/02/2027 |
01/05/2027 |
01/08/2027 |
Tasa anual correspondiente 9° Año: |
01/02/2028 |
01/05/2028 |
01/08/2028 |
Tasa anual correspondiente 10° Año: |
01/02/2029 |
01/05/2029 |
01/08/2029 |
Tasa anual correspondiente 11° Año: |
01/02/2030 |
01/05/2030 |
01/08/2030 |
Tasa anual correspondiente 12° Año: |
01/02/2031 |
01/05/2031 |
01/08/2031 |
Tasa anual correspondiente 13° Año: |
01/02/2032 |
01/05/2032 |
01/08/2032 |
Tasa anual correspondiente 14° Año: |
01/02/2033 |
01/05/2033 |
01/08/2033 |
Tasa anual correspondiente 15° Año: |
01/02/2034 |
01/05/2034 |
01/08/2034 |
Tasa anual correspondiente 16° Año: |
01/02/2035 |
01/05/2035 |
01/08/2035 |
Tasa anual correspondiente 17° Año: |
01/02/2036 |
01/05/2036 |
01/08/2036 |
Tasa anual correspondiente 18° Año: |
01/02/2037 |
01/05/2037 |
01/08/2037 |
Tasa anual correspondiente 19° Año: |
01/02/2038 |
01/05/2038 |
01/08/2038 |
Tasa anual correspondiente 20° Año: |
01/02/2039 |
01/05/2039 |
01/08/2039 |