PASOS PARA REGISTRAR UNA MARCA

Una vez escogida la marca pretendida a registro se deberá realizar una búsqueda vía web o en el sistema informático disponible en el Departamento de Atención al Ciudadano, respecto a la disponibilidad o no de la marca.

Presentación de Solicitud

Deberás presentar en la Mesa de Entrada de la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual DINAPI (sito en Avenida España Nº 323 casi Estados Unidos – Asunción).

Los interesados o sus agentes deberán completar los formularios expedidos por la Dirección General de la Propiedad Industrial. Formulario de Registro Anexo de Titulares.

El formulario de registro de esta sección es solo para fines ilustrativos. No válido para su presentación. 
Formulario de Registro 
Anexo de Titulares 
Declaración Jurada de Agente para Patrocinio
Solicitud de registro online bajo patrocinio
Solicitud e REN online bajo patrocinio 

Publicación de solicitud

Abonada la tasa de presentación equivalente a dos jornales mínimos vigente, el interesado o su agente, en un plazo de diez días máximo, podrá retirar la orden de publicación, la que deberá publicarse en la gaceta de la DINAPI o en un diario de gran circulación o en uno especializado, por tres días consecutivos.

Oposición/es de terceros:

Una vez publicada la marca y a partir de la última publicación hecha, se esperan 60 días hábiles para que terceros puedan deducir oposición contra la solicitud, si es que se ven afectados en sus derechos.

Examen de fondo:

Cumplidos los requisitos legales y vencidos los plazos establecidos en la Ley de marcas, se realiza el examen de fondo para ver si la marca cumple con los requisitos establecidos en la mencionada ley e informa al superior.

Concesión de la marca

El director de marcas, de concordar con el informe de fondo respecto a la falta de antecedentes y prohibiciones, emitirá un Dictamen y el expediente pasará a consideración de la Dirección General.

De esta manera, la Dirección General de la Propiedad Industrial concede el Registro de Marca.

DURACIÓN DE LOS TRÁMITES

La tramitación para obtener el registro de una marca tiene un plazo aproximado de diez meses a partir de la fecha de presentación.

La Dirección General de la Propiedad Industrial expide un Certificado de Registro de la marca el cual contiene: fecha de concesión, fecha de vencimiento, denominación de la marca, nombre del titular de la marca y la clase que ampara.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR EL REGISTRO DE LA MARCA?

  • Persona física, bajo patrocinio (se requiere copia autenticada de cédula de identidad) o mediante poder.
  • Persona jurídica, mediante poder

Ambas por intermedio de una Agente de la DINAPI.

En los casos que el agente actúe mediante poder, este deberá ser inscripto ante la DINAPI y, de acuerdo con el tipo de sociedad, se requerirá la documentación pertinente, a saber:

  1. Personas físicas.
  2. Personas físicas o jurídica extranjera.
  3. Personas jurídicas nacionales.
  4. Sociedad de Responsabilidad Limitada.
  5. Sociedad Anónima.
  6. Asociaciones civiles.
  7. Fundaciones.
  8. Entidades públicas.
  9. Universidades.

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