EN LA MIRA: Novedades del sector de PI

Fashion Law en el Metaverso

En 1992, el novelista Neal Stephenson contempló el término “metaverso” en su novela “Snow Crash”. Así ilustró un mundo virtual habitado por avatares de personas reales, que transgredían las barreras de lo inimaginable y separaba el mundo online del offline.

Apenas treinta años han pasado y el concepto metaverso hoy contribuye a graficar un análisis de los problemas legales existentes con respeto al principio de territorialidad de los derechos de propiedad intelectual en el mundo virtual.
Este es el caso de “Fashion Law en el Metaverso: Retos de la propiedad intelectual”, artículo publicado en el portal Asuntos:legales de la Editorial La República de Bogotá, Colombia. En el material, la abogada Sarah Carvajal Sarmiento expone como la industria textil recibió con regocijo la apertura de nuevas realidades para expandir los espacios de la moda. Grandes casas de moda como Hermès, Gucci y Balenciaga, entre otras, están creando ropa y accesorios en el metaverso que probablemente nadie usará en el mundo real y que le permiten al usuario digital tener una experiencia de servicio diferente a costos más razonables para su avatar.

Así, enfatiza la profesional, millones de usuarios están adquiriendo servicios y bienes del mundo de la moda protegidos por el derecho de propiedad intelectual en el plano offline, pero que para el metaverso aún presuponen grandes e inquietantes retos, y algunos interrogantes a ser respondidos, entre otros, el principio de territorialidad aplicable, la validez de los contratos inteligentes, la voluntad contractual y otros ítems relacionados.

El artículo completo está disponible en https://www.asuntoslegales.com.co/consultorio/fashion-law-en-el-metaverso-retos-de-la-propiedad-intelectual-3372514


Firma automovilística, en jaque, por patentes de G4

La posible violación de un grupo de patentes para la conectividad 4G de vehículos pone en riesgo de suspensión comercial a la prestigiosa firma Ford, en Alemania, dentro de un escenario inédito de observancia de derechos de propiedad intelectual.

El caso, relatado por Mauricio Jalife Daher, del diario especializado El Financiero de México, destaca que la orden de restricción podría incluir el retiro de autos ya entregados a distribuidores. No es este el primer caso del que se tiene noticia; Daimler y Volkswagen han enfrentado casos similares en el pasado, resueltos por medio de acuerdos negociados.

La conectividad de autos a redes de telefonía celular se convirtió en uno de los nuevos horizontes de la industria, dadas las prestaciones que los usuarios exigen. No solo se trata de la conexión estable y servicio de telefonía, sino de una multiplicidad de funciones que el auto no podría desarrollar sin estar en Internet. En el futuro mediato, la evolución de los autos no tripulados y la geolocalización harán que la conectividad del vehículo sea de la misma importancia que el combustible.

La disputa pasó de luces amarillas a rojas, ante la resolución dictada por un tribunal de Múnich, que prohibió en todo el país la fabricación y venta de vehículos que utilicen la tecnología patentada de IP Bridge, la demandante, que ha precisado que sin la compra bajo licencia de sus chips 4G, la conexión a la red es una infracción.

El tema es que el problema de muy amplia proyección ya que la IP Bridge representa derechos de diversos titulares y revive, detrás de su interés, el reclamo permanente de empresas de telefonía sobre el derecho del primer inversionista a cobrar una regalía por el uso de su infraestructura para los siguientes entrantes a un mercado.

Ver más en https://www.elfinanciero.com.mx/opinion/mauricio-jalife/2022/06/01/ponen-a-ford-en-jaque-patentes-de-conectividad


España: Piratería en transmisión de fútbol ya no es asunto de PI

En España, por resolución de Tribunal Supremo de ese país, la emisión en establecimientos comerciales de partidos de fútbol sin licencia dejó de ser asunto penado por las leyes de propiedad intelectual y pasó a instalarse en el ámbito de los delitos leves contra el mercado y los consumidores. Esto implica una reducción de la pena de cárcel de cuatro a dos años.

Así destaca el periódico digital La Voz de Galicia en una crónica sobre el rechazo de un recurso de la Fiscalía contra los dueños de bares, restaurantes y demás establecimientos de ocio que ofrecen emisiones de fútbol con decodificadores piratas, hecho que fue presentado para ser juzgado en el ámbito de la propiedad intelectual donde las penas carcelarias son de cuatro años.

La denuncia que judicializó el caso fue presentada por la Liga de Fútbol de España contra un empresario de Valencia que tiene tres establecimientos donde se emitía fútbol sin autorización a través de decodificadores o microcontroladores. En primera instancia, un juzgado de la ciudad descartó el caso como comisión de delito de propiedad intelectual y lo circunscribió al ámbito de delito contra el mercado y los consumidores, castigado con dos años de cárcel, como máximo.

El fallo de primera línea no solo fue ratificado, sino que fue especificado como no privativo de libertad de no mediar la existencia de antecedentes penales, es decir, lo aplicable son multas económicas.
Recientemente, la Policía inspeccionó 166 bares de trece ciudades de España por distribución ilícita de señal de televisión de partidos de Liga. Sus responsables fueron acusados como presuntos responsables de un delito contra la propiedad intelectual y contra el mercado y los consumidores, cuyo perjuicio económico fue tasado en millón de euros, según destacaron fuentes de prensa de La Liga.

Ver más en https://www.lavozdegalicia.es/noticia/sociedad/2022/06/01/supremo-emision-pirata-delito-leve-dos-anos-carcel/0003_202206G1P44992.htm


Nigeria lanza wallet propia enfocada en Propiedad Intelectual

Según el portal informativo CoinTelegraph, en su versión en español, el gobierno de Nigeria busca incorporar cripto para potenciar su desarrollo económico. En este sentido, las autoridades del país firmaron un acuerdo exclusivo de derecho de propiedad intelectual (DPI) de tres años con Developing Africa Group para lanzar una billetera nacional que permitirá la comercialización internacional de todos los formularios de propiedad intelectual que se crean y registran dentro del país.

El acuerdo de exclusividad de DPI consiste en que el gobierno otorga a Developing Africa Group, una empresa regional de desarrollo de software, la construcción de la plataforma oficial del país para que su gente pueda cargar cualquier formulario de derechos de propiedad intelectual y comercializarlos, venderlos o intercambiarlos en el extranjero, mientras cobran regalías e ingresos por estas operaciones en forma de wallets.

¿Qué es un wallet y como funciona? Las carteras, monederos digitales o wallets usan un software para vincular los datos de pago de la cuenta bancaria con el proveedor que procesa la transacción. El tipo de acceso depende de la app. Con los wallets abiertos (aceptados en la mayoría de los comercios), puedes comprar por internet, pagar sin contacto y recibir reembolsos.

El proveedor será la empresa Koibanx, que se encargará de la “tokenización” y los pagos, mientras que el desarrollo será llevado a cabo sobre Algorand Blockchain. Koibanx estará a cargo de implementar la billetera, el token tanto para la IP que se vende como el token estable (equivalente a Naira) para pagar a los creadores, además de la técnica general. El deployment involucrará a empresas emisoras de tarjetas, a una plataforma de transmisión de contenido y firmas tanto legales como de minería de datos.

Ver más en https://es.cointelegraph.com/news/nigeria-launches-proprietary-wallet-focused-on-intellectual-property


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