EN LA CUAL SE AMPLÍA LA REDACCIÓN DEL ARTÍCULO 3° DE LA RESOLUCIÓN N° 176/2020 DEL 30 DE JUNIO DE 2020, POR LA CUAL SE ESTABLECEN LAS BASES PARA EL CÓMPUTO DE LOS PLAZOS PARA EL EJERCICIO DE DERECHOS ANTE LA DINAPI CONSIDERANDO LA REANUDACIÓN DE LOS MISMOS A PARTIR DEL 01 DE JUNIO 2020.