Beneficio MIPYME
Si su empresa es una microempresa o pequeña empresa con Cédula MIPYME vigente, puede solicitar la exoneración o reducción de las tasas de la DINAPI, conforme a la Resolución DINAPI N.º 503/2026.
¿Qué beneficio corresponde?
| Categoría | Años 1 a 3 desde la emisión de la Cédula MIPYME | A partir del año 4 |
|---|---|---|
| Microempresa | Exoneración del 100 % | Reducción del 75 % |
| Pequeña empresa | Tasa ordinaria | Reducción del 50 % |
Cada RUC puede acceder al beneficio en hasta 3 solicitudes por año fiscal.
¿Qué trámites incluye?
Registro de marcas, dibujos y modelos industriales, indicaciones geográficas o denominaciones de origen, obras de programas de ordenador y solicitudes de mediación.
¿Qué necesita?
- 2 (dos) formularios de Solicitud de Beneficio MIPYME, completo y descargado de este sitio web.
- 2 (dos) copias de la Cédula MIPYME vigente, expedida por el Viceministerio de MIPYMES del MIC.
- 2 (dos) copias del Certificado de Cumplimiento Tributario vigente, expedido por la DNIT.
- Formulario correspondiente al trámite que desea realizar (marca, dibujo o modelo industrial, mediación, etc.).
En los trámites de propiedad industrial, debe presentar la solicitud a través de su agente de la propiedad industrial, con poder inscripto. En los trámites de programas de ordenador y mediación, puede presentarla directamente.
¿Cómo solicitar el beneficio?
Debe completar todo el procedimiento en un solo día.
- Dirección de Administración y Finanzas: presente el formulario y los documentos requeridos para la validación de la declaración.
- Caja: presente el formulario validado para obtener la Constancia de Exoneración/Reducción. Si corresponde abonar un saldo, debe efectuar el pago presencialmente en Caja.
- Mesa de Entrada: presente la solicitud del trámite junto con la constancia.
Horario de atención de la Dirección de Administración y Finanzas: lunes, miércoles y viernes, de 07:00 a 10:00 h.
Tenga en cuenta
- Si no completa los tres pasos el mismo día, la validación y la constancia pierden validez, y deberá iniciar nuevamente el procedimiento.
- Cada solicitud de beneficio corresponde a un único trámite específico.
- Los datos (RUC, razón social y trámite) deben coincidir en todos los documentos. Cualquier discrepancia implica la pérdida del beneficio y el pago de la tasa ordinaria.
- Los datos consignados en el formulario tienen carácter de declaración jurada.